A 25 de Junio, a pesar de los
trabajos de desbroce realizados por el ayuntamiento de Pozoblanco, la situación es la mostrada en el
video.
Por parte del Grupo Municipal de IU, frente al peligro de incendio, proponemos tres acciones:
1. Plan
de actuación:
Este plan de
actuación debe incluir las zonas de mayor riesgo para la población y sus
propiedades. Comenzando a desbrozar estas zonas en primer lugar y con el tiempo
necesario. Y posteriormente continuando con el resto de zonas de pasto.
2. Control
y previsión:
Que se controlen
qué zonas aún no se han desbrozado y se compre el material necesario para poder
desbrozar de forma eficiente. Disponemos de zonas públicas lo suficientemente extensas
como para amortizar la compra de material mecánico para este fin, como por
ejemplo un brazo mecánico que se pueda enganchar a las máquinas de la
mancomunidad. No es lógico que para estas zonas se tenga a personal con una
desbrozadora manual, tardando días o más bien semanas en hacer este trabajo.
3. Sanción
administrativa:
Respecto a las fincas que son de titularidad privada, se cuenta con la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana donde se estipula en el artículo 50. Solares y 52. Infracciones, de forma resumida, lo siguiente:
-
Que los solares que linden con la vía pública
deben estar vallados con cerramientos permanentes.
-
Que por obligado cumplimiento los propietarios
deben mantenerlos limpios y desinfectados, incluyendo esto la limpieza general,
la desinfección, la desratización y el desbroce.
-
Que si no cumplen en el plazo máximo de un mes,
el Ayuntamiento puede:
o
Realizar los trabajos por ejecución subsidiaria
(el Ayuntamiento actúa y cobra los costes al propietario).
o
Imponer sanciones administrativas, según lo
previsto en la misma ordenanza.
-
Que el Ayuntamiento podrá asumir estas tareas
solo si se trata de solares cedidos para uso público mientras no se desarrolle
el planeamiento urbanístico.
Por ello la última propuesta que hacemos desde el Grupo Municipal de IU es la publicación de un bando instando a los propietarios a cumplir con sus obligaciones, dándoles un plazo determinado.
Y tras esto, si los propietarios no cumplen, el
Ayuntamiento tendrá que tomar las medidas oportunas recogidas en los artículos
53 Clasificación de las infracciones, artículo 54 Sanciones y artículo 55
Graduación.