50 propuestas para una reforma fiscal justa y progresiva para la salida social de la crisis

PROPUESTAS BÁSICAS
PROPUESTA 1
Derogación de la reforma del art. 135 de la Constitución Española
PROPUESTA 2
PROPUESTA 3
Tributación en la misma base imponible de las rentas del trabajo y del capital. Se integran  en la tarifa general del IRPF los rendimientos del capital para mejorar la progresividad, incluyendo a las plusvalías generadas en menos de dos años (ampliable a 6 en el caso de inmuebles). Como renta del ahorro sólo se consideran las plusvalías generadas en el medio y largo plazo porque no es ni justo ni equitativo que las ingentes plusvalías generadas por operaciones especulativas deban considerarse renta del ahorro y beneficiarse de tipos impositivos distintos a los de la tarifa general. En todo caso, no lo parece para los rendimientos de operaciones realizadas en el muy corto plazo.

PROPUESTA 4
Modificar la Ley General Tributaria con una tipificación más rigurosa del delito fiscal, extender la responsabilidad por la deuda tributaria, determinar cuando no haya factura o no conste en ella la cantidad del impuesto, la más alta de las cantidades que se manifiesten como pactadas verbalmente o el precio medio del
PROPUESTA 5
Plan de Impulso del Empleo y Desarrollo de la Economía Productiva Sostenible en el marco de un Nuevo Modelo Productivo. Este Plan estará dotado de una financiación específica y condicionada del 2% del PIB desde 2014 hasta 2019 incluidos, complementado con el 30% de los recursos fiscales añadidos que produzcan las medidas del Plan.
PROPUESTA 6
Auditoría Pública y Ciudadana de la deuda pública española. Se entenderá la deuda ilegitima, de acuerdo con el derecho internacional, como aquella contraída por el Estado cuya finalidad es hacer frente a necesidades de terceros privados (como los bancos) sin que tengan una relación directa con la actividad pública normal del Estado.
Además de la deuda que pueda ser considerada ilegitima existe el aval gratuito por parte del Estado de actividades privadas o la utilización de la deuda soberana como aval para obtener crédito
PROPUESTA 7
Derogación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, sobre el IVA de forma que puedan reducirse y reclasificarse algunos tipos (industrias realmente culturales, compresas, otros productos alimenticios no transformados, ciertos medicamentos, etc.)
PROPUESTA 8
Eliminar la posibilidad de compensar pérdidas patrimoniales con el resto de rendimientos e imputaciones de renta y también de realizar dicha compensación en ejercicios posteriores, y se suprime la posibilidad de compensar las pérdidas patrimoniales de juego hasta el límite de las ganancias.
PROPUESTA 9
Reforma del sistema de módulos, limitando su uso. La utilización de los sistemas de estimación objetiva mediante la aplicación de módulos ya no está justificada. La cultura fiscal y económica de nuestras empresas, aunque sean pequeñas, ha mejorado notablemente. Además, las comprobaciones llevadas a cabo por las unidades de módulos demuestran que cuanto mayor es el volumen de operaciones más difiere, en términos absolutos y relativos, la tributación teórica respecto al beneficio real. Por tanto, el sistema de estimación objetiva debería tener una triple limitación. Por un lado temporal, debería reducirse a dos años. El de inicio de la actividad y el siguiente. Por otro lado, el nivel de la actividad debería reducirse a beneficios de subsistencia razonable, pues cifras superiores denotarían que estamos en presencia de una actividad con un cierto nivel económico que no debe tener dificultad en tributar en estimación directa simplificada del IRPF y en el régimen general del IVA, con un aumento de obligaciones formales perfectamente asumible. Finalmente, es conveniente reservar la estimación objetiva para aquellas actividades cuyo objeto sea destinar los bienes o servicios a un consumidor final.
PROPUESTA 10
Limitación de las ventajas fiscales de los planes privados de pensiones. Se limita la reducción por aportaciones a planes privados de pensiones. El límite máximo fiscal actual es excesivo y no se corresponde con las aportaciones medias de los trabajadores, beneficiando exclusivamente a las rentas elevadas que pueden aprovecharlo y reducir considerablemente su factura fiscal.
PROPUESTA 11
Derogar el régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores desplazados a territorio español que no ha beneficiado más que a los jugadores extranjeros de fútbol y los directivos de las grandes multinacionales.La opción por el régimen favorable para los “impatriados” está limitada a aquellos que obtienen rentas inferiores a 600.000 euros. Sin embargo, sigue sin ser justo que las millonarias retribuciones de los aún numerosos deportistas de alto nivel o de los directivos de empresas y multinacionales “impatriados” tributen al tipo fijo del 24% del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que es precisamente el tipo marginal mínimo que se aplica a cualquier ciudadano residente en el Estado español.
Esas personas son tan residentes como cualquier trabajador al que se le aplica la tarifa general del tributo y no existe ninguna justificación superior para que este beneficio fiscal a personas de altísimos ingresos prevalezca sobre el interés general.
PROPUESTA 12
Consolidar como definitivo el aumento del gravamen complementario en el IRPF. Este aumento de la cuota íntegra estatal que estableció, de forma temporal, el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, ha demostrado que es perfectamente asumible y mejora la progresividad del impuesto.


IMPUESTO DE SOCIEDADES
PROPUESTA 13
Establecer un tipo del 35% para las bases imponibles superiores al millón de euros, ya que las empresas de cierta dimensión que obtienen beneficios por encima de esa cantidad pueden realizar un esfuerzo suplementario para financiar el gasto público.
PROPUESTA 14
Limitar las bonificaciones, deducciones, etc. (gastos fiscales) a un máximo del 3% de la base imponible y a otro 5% como máximo complementario y de carácter directamente vinculado y estrictamente proporcional en el caso de creación de empleo estable, de forma que se evite que las empresas de mayor dimensión disfruten de un tipo efectivo muy inferior al nominal que en muchas ocasiones es incluso menor que el tipo efectivo medio de las empresas de menor dimensión.
PROPUESTA 15
Limitar la compensación de bases imponibles negativas a los períodos impositivos no prescritos.

REESTRUCTURACIÓN  FISCAL,
CON CREACIÓN DE NUEVAS FIGURAS

PROPUESTA 16
Creación de un Impuesto especial sobre Bienes Suntuarios. Será aplicable a los productos y servicios considerados de lujo.
PROPUESTA 17
Creación de un Impuesto sobre las Transacciones Financieras, con una base impositiva amplia y que será sustituido, cuando proceda, por un tributo a escala de la Unión Europea o de aquellos países que han acordado aplicarlo por el procedimiento de Cooperación Reforzada.
PROPUESTA 18
Creación de Impuesto sobre la Riqueza que sustituirá al Impuesto sobre el Patrimonio, con mínimos exentos similares a los vigentes en el actual Impuesto sobre Patrimonio y tipos efectivos superiores para mejorar la progresividad, e incorporará fórmulas para evitar la interposición de sociedades con las que las grandes fortunas puedan eludir la tributación.
PROPUESTA 19
Impuesto sobre pernoctación en establecimientos turísticos. Grava las estancias, contadas por número de pernoctaciones, que realice el contribuyente en los establecimientos turísticos, situados en el término municipal, cualquiera que sea su domicilio fiscal. La cuota mínima del Impuesto oscilaría ente 0,5 €/noche y 2 €/noche, según nivel y categoría del establecimiento, semejante a las de nuestros principales concurrentes turísticos. Los Ayuntamientos podrían aplicar un coeficiente máximo de 2.
PROPUESTA 20
Elevación del tipo del Impuesto sobre Depósitos en Entidades de Crédito (actualmente en tipo cero) con un gravamen mínimo del 0,2% y la posibilidad de que las Comunidades Autónomas puedan establecer recargos sobre el mismo.
PROPUESTA 21
Elevación hasta el 100% del recargo en la cuota líquida en el Impuesto sobre Bienes Inmuebles cuando exista desocupación con carácter permanente y definición y reglamentación sobre bases objetivas de esta situación
PROPUESTA 22
Supresión de la exención en el IAE. Las tarifas serían de 50 €/año con carácter general y del 1 por mil hasta 1.000.000 de € de cifra de negocio de cada actividad. Se mantendrían las tarifas actuales, modificadas con criterios medioambientales a partir de esa cifra de negocio.

LUCHA CONTRA EL FRAUDE,
LA ECONOMÍA SUMERGIDA
Y LA ELUCIÓN FISCAL

PROPUESTA 23
Aplicar el Plan de acción de la OCDE contra la erosión de la base imponible y la trasferencia de beneficios de las multinacionales
PROPUESTA 24
Prohibir en las instituciones financieras españolas nacionalizadas la operativa hacia y desde paraísos fiscales
PROPUESTA 25
Revocar la licencia de las Instituciones financieras y entidades emisoras de tarjetas de crédito y débito que se nieguen a colaborar con la Administración Tributaria en la información y persecución de prácticas de fraude fiscal.
PROPUESTA 26
Trabajar para procurar un acuerdo en la OCDE para la obtención automática de información de carácter mercantil o tributario de las personas y empresas que operan o son titulares de bienes y derechos en los países o territorios calificados como paraísos fiscales
PROPUESTA 27
Las medidas técnicas y legales contra el fraude deben ir acompañadas con medidas organizativas y de gestión de los recursos humanos en la administración tributaria. Es evidente la necesidad de incrementar las plantillas del personal dedicado a la lucha contra el fraude fiscal, pero también lo es optimizar los recursos ya existentes en un marco de restricciones presupuestarias.
La eficacia de cualquier plan de lucha contra el fraude pasa por potenciar la organización de los recursos humanos para alcanzar al mayor número de contribuyentes y sectores económicos, definir y clarificar las funciones para incrementar la capacidad y autonomía de actuación, motivar a los trabajadores mediante el desarrollo previsible de la carrera administrativa y la promoción interna, e incentivar el trabajo y las habilidades individuales.
PROPUESTA 28
Es preciso fijar objetivos anuales de reducción del fraude y de la economía sumergida existente, cuantificarlos con una metodología científica, asegurando la independencia de los autores de los análisis y evaluaciones e informar regularmente al Congreso de los Diputados de la situación..
PROPUESTA 29
Creación del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda. Esto supondrá la habilitación de los 8.500 Técnicos del Ministerio de Hacienda para realizar funciones superiores a las actualmente encomendadas, incrementando así la eficacia en la prevención y reducción del fraude.
PROPUESTA 30
Comprobar que es lícito el origen de los 40.000 millones que han aflorado con la amnistía fiscal regulada en el Real Decreto-ley 12/2012, para evitar que se estén blanqueando capitales de procedencia ilícita, salvo los provenientes exclusivamente de la evasión fiscal.
PROPUESTA 31
Derogar la Disposición final primera del Real Decreto-Ley 12/2012, de 30 de marzo, por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas dirigidas a la reducción del déficit público, para evitar que se convierta en una especie de proceso de regularización fiscal permanente y además resulta manifiestamente contrario a nuestro sistema jurídico privar al Ministerio Fiscal y a Jueces y Tribunales del conocimiento de hechos que pudieran constituir delito.
PROPUESTA 32
Modificar la legislación de las Instituciones de Inversión Colectiva para evitar los notorios abusos de las sociedades de inversión de capital variable (SICAV), de patrimonios familiares, que cumpliendo los actuales requisitos crean una institución de inversión colectiva cuando en realidad son auténticas instituciones de inversión “privadas”. Extender el límite máximo de participación (5% del capital) a todas las modalidades de sociedades de inversión, financieras o no, y no sólo a las SICAV. Así se evita el control de la sociedad y el partícipe que quiera invertir o adquirir algún bien reembolsará su participación y tributará por la renta del ahorro diferida, según la diferencia entre el valor liquidativo y el valor de adquisición.
Las sociedades no constituidas por los procedimientos de fundación sucesiva y de suscripción pública de participaciones dispondrán de un plazo de un año, contado a partir de su inscripción en el correspondiente registro administrativo, para alcanzar la cifra mínima prevista en el párrafo anterior."

CONSTRUCCIÓN DE UNA FISCALIDAD VERDE

PROPUESTA 33
Introducir criterios medioambientales en impuestos ya existentes. Estos criterios afectan al hecho imponible, el sujeto pasivo, la base imponible y los tipos aplicables. Los impuestos afectados serían: Impuesto sobre Hidrocarburos, Impuesto sobre Sociedades, Impuesto especial sobre determinados Medios de Transporte, Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Se trata de impuestos con incidencia importante sobre la recaudación, que no fueron concebidos teniendo en cuenta la variable ambiental.
Se aplicará también este criterio, de acuerdo con los correspondientes certificados de eficiencia energética,  a los tipos máximo, mínimo y supletorio del IBI.
Igualmente, de acuerdo con la potencia y emisiones de CO2 a los vehículos de tracción mecánica.
Así mismo, a la tarifa del IAE, de acuerdo con la repercusión medioambiental de la actividad.
Igualmente a los Impuestos sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
PROPUESTA 34
Crear nuevos impuestos sobre la energía nuclear, el vertido y la incineración de residuos, sobre bolsas de plástico de un solo uso, sobre el cambio de usos del suelo y sobre sustancias de elevado nivel de preocupación.
·        El Impuesto sobre la energía nuclear constituirá un gravamen sobre la producción de energía termonuclear y sobre la producción, el depósito y el almacenamiento de residuos radioactivos
·        El impuesto sobre el vertido de residuos afectarán a los residuos peligrosos, urbanos, inertes y otros residuos no peligrosos cuando tengan por destino la entrega, el abandono o el almacenamiento bajo determinadas condiciones.
·        Impuesto sobre la incineración de residuos. Constituye el hecho imponible la incineración (con o sin recuperación de energía) de residuos peligrosos, urbanos y otros residuos no peligrosos en instalaciones de incineración de residuos, tanto de titularidad pública como privada, y la coincineración de residuos en instalaciones de coincineración.
·        Impuesto sobre bolsas de plástico de un solo uso. El hecho imponible es el suministro al consumidor de bolsas de plástico en el punto de venta de los artículos o productos que se colocarán en las bolsas, o en cualquier otro punto de venta.
·        Impuesto sobre el cambio de usos del suelo que gravará las actuaciones de nueva urbanización, incentivará formas de urbanismo más compactas y su recaudación será afectada al Fondo para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, creado por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad.
PROPUESTA 35
Impuesto sobre sustancias de elevado nivel de preocupación.  Gravará el uso de ciertas de estas sustancias (carcinógenas, mutágenas, bioacumulables, tóxicas para la reproducción, grasas trans, etc.). El objeto es internalizar los costes ambientales y sobre la salud que estas sustancias generan, y con ello favorecer el consumo de sustancias alternativas más ecológicas.

UNA FISCALIDAD CON CRITERIO FEDERATIVO

Las reformas que proponemos deben legislarse y aplicarse desde un planteamiento no solo compatible, sino coherente y funcional con un modelo de Estado federal.

PROPUESTA 36
La fiscalidad federal deberá proteger la igualdad de los ciudadanos ante la ley y la igualdad de las empresas en el mercado, así como garantizar la equivalencia de servicios públicos independientemente del territorio. Se evitará la competencia fiscal para atraer, con impuestos más bajos, más industria y comercio
El poder tributario deberá estar dividido en tres niveles: el Estado federal, las entidades federadas y los municipios. El papel del Senado será fundamental en materia tributaria, como Cámara de representación territorial.
PROPUESTA 38
El principio de suficiencia debe estar bien definido tanto para las actuales CC.AA. como para los Ayuntamientos. Actualmente no hay mecanismos fiscales territoriales que permitan evitar el austericidio y la destrucción del Estado Social
PROPUESTA 39
Reorganizar la Administración Tributaria, sobre la base de la consorciación de las diferentes Agencia Tributarias, haciéndola depender del Senado.

FISCALIDAD MUNICIPAL

PROPUESTA 39
Derogación de las disposiciones legales sobre la reforma de las Administraciones Locales.
PROPUESTA 40
Revisar tasas y precios públicos en las administraciones territoriales con un criterio de progresividad, aportando exenciones para los trabajadores en paro.
PROPUESTA 41
Las tasas municipales en concepto de recogida de residuos sólidos urbanos, tratamiento y eliminación de estos serán de establecimiento obligatorio por parte de los municipios o bien por parte de las entidades locales en quienes éstos deleguen la prestación de dichos servicios. La definición de dicha tasa deberá considerar la incidencia ambiental de los residuos generados por el sujeto pasivo. En todo caso, deberá garantizarse la plena cobertura de costes de los servicios prestados a los sujetos pasivos de naturaleza comercial o industrial.
PROPUESTA 42
Incorporación al texto de la Constitución Española del principio de garantía del gasto social y situarlo en correspondencia con el principio de suficiencia fiscal. Reconociendo los derechos constitucionales a la educación, vivienda, salud, dependencia, pensión, etc. como derechos exigibles.
PROPUESTA 43
Establecimiento a nivel del Estado de un Sistema de Recursos Públicos Garantizados (Renta Básica).
PROPUESTA 44
Creación de una Agencia de Control de la Calidad y Eficacia Social del Gasto Público, que investigue no solamente los gastos de las AA.PP, sino también el uso de subvenciones y ayudas.  Los Programas de Gasto Público y las Inversiones requerirán un informe previo de evaluación sobre su eficacia social.
PROPUESTA 45
Acompañar todas las propuestas de gasto de un Estudio de Impacto Social
PROPUESTA 46
Modificación de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y/o desarrollo normativo de acuerdo con las competencias autonómicas para introducir criterios de trasparencia, control, límite del coste, etc.
PROPUESTA 47
Aplicación inmediata de las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción (GRECO) del Consejo de Europa.
PROPUESTA 48
Revisión de todos los contratos y licitaciones con relación al precio medio del mercado. Negociar con todos los proveedores de bienes y servicios, obras de mantenimiento, etc. una rebaja equivalente de la repercusión sobre el precio de los gastos financieros, a cambio del pronto pago.
PROPUESTA 49
Elaborar un Plan de Ahorro de Insumos (energía, comunicaciones, desplazamientos y viajes, consumibles, etc.) con la participación de los empleados públicos y sus organizaciones representativas.
PROPUESTA 50
Reforma de la Ley de Trasparencia para hacerla equivalente a la legislación de los países europeos. Inclusión de la Casa Real y del Banco de España.