PROPUESTA
1
Derogación
de la reforma del art. 135 de la Constitución Española
PROPUESTA
2
Derogación
de la Ley de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera (LeyOrgánica 02/2012)
PROPUESTA
3
Tributación
en la misma base imponible de las rentas del trabajo y del capital. Se
integran en la tarifa general del IRPF los rendimientos del
capital para mejorar la progresividad, incluyendo a las plusvalías generadas en
menos de dos años (ampliable a 6 en el caso de inmuebles). Como renta del
ahorro sólo se consideran las plusvalías generadas en el medio y largo plazo
porque no es ni justo ni equitativo que las ingentes plusvalías generadas por
operaciones especulativas deban considerarse renta del ahorro y beneficiarse de
tipos impositivos distintos a los de la tarifa general. En todo caso, no lo
parece para los rendimientos de operaciones realizadas en el muy corto plazo.
PROPUESTA
4
Modificar
la Ley General Tributaria con una tipificación más rigurosa del delito
fiscal, extender la responsabilidad por la deuda tributaria, determinar
cuando no haya factura o no conste en ella la cantidad del impuesto, la más
alta de las cantidades que se manifiesten como pactadas verbalmente o el precio
medio del
PROPUESTA
5
Plan
de Impulso del Empleo y Desarrollo de la Economía Productiva Sostenible en
el marco de un Nuevo Modelo Productivo. Este Plan estará dotado de una
financiación específica y condicionada del 2% del PIB desde 2014 hasta 2019
incluidos, complementado con el 30% de los recursos fiscales añadidos que
produzcan las medidas del Plan.
PROPUESTA
6
Auditoría
Pública y Ciudadana de la deuda pública española. Se entenderá la deuda
ilegitima, de acuerdo con el derecho internacional, como aquella contraída por
el Estado cuya finalidad es hacer frente a necesidades de terceros privados
(como los bancos) sin que tengan una relación directa con la actividad pública
normal del Estado.
Además
de la deuda que pueda ser considerada ilegitima existe el aval gratuito por
parte del Estado de actividades privadas o la utilización de la deuda soberana
como aval para obtener crédito
PROPUESTA
7
Derogación
del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, sobre el IVA de forma que puedan
reducirse y reclasificarse algunos tipos (industrias realmente culturales,
compresas, otros productos alimenticios no transformados, ciertos medicamentos,
etc.)
PROPUESTA
8
Eliminar
la posibilidad de compensar pérdidas patrimoniales con el resto de
rendimientos e imputaciones de renta y también de realizar dicha compensación
en ejercicios posteriores, y se suprime la posibilidad de compensar las
pérdidas patrimoniales de juego hasta el límite de las ganancias.
PROPUESTA
9
Reforma
del sistema de módulos, limitando su uso. La utilización de los sistemas de
estimación objetiva mediante la aplicación de módulos ya no está justificada.
La cultura fiscal y económica de nuestras empresas, aunque sean pequeñas, ha
mejorado notablemente. Además, las comprobaciones llevadas a cabo por las
unidades de módulos demuestran que cuanto mayor es el volumen de operaciones
más difiere, en términos absolutos y relativos, la tributación teórica respecto
al beneficio real. Por tanto, el sistema de estimación objetiva debería tener
una triple limitación. Por un lado temporal, debería reducirse a dos años. El
de inicio de la actividad y el siguiente. Por otro lado, el nivel de la actividad
debería reducirse a beneficios de subsistencia razonable, pues cifras
superiores denotarían que estamos en presencia de una actividad con un cierto
nivel económico que no debe tener dificultad en tributar en estimación directa
simplificada del IRPF y en el régimen general del IVA, con un aumento de
obligaciones formales perfectamente asumible. Finalmente, es conveniente
reservar la estimación objetiva para aquellas actividades cuyo objeto sea
destinar los bienes o servicios a un consumidor final.
PROPUESTA
10
Limitación
de las ventajas fiscales de los planes privados de pensiones. Se limita
la reducción por aportaciones a planes privados de pensiones. El límite máximo
fiscal actual es excesivo y no se corresponde con las aportaciones medias de
los trabajadores, beneficiando exclusivamente a las rentas elevadas que pueden
aprovecharlo y reducir considerablemente su factura fiscal.
PROPUESTA
11
Derogar
el régimen fiscal especial aplicable a los trabajadores desplazados a
territorio español que no ha beneficiado más que a los jugadores extranjeros de
fútbol y los directivos de las grandes multinacionales.La opción por el régimen
favorable para los “impatriados” está limitada a aquellos que obtienen rentas
inferiores a 600.000 euros. Sin embargo, sigue sin ser justo que las
millonarias retribuciones de los aún numerosos deportistas de alto nivel o de
los directivos de empresas y multinacionales “impatriados” tributen al tipo
fijo del 24% del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, que es precisamente el
tipo marginal mínimo que se aplica a cualquier ciudadano residente en el Estado
español.
Esas
personas son tan residentes como cualquier trabajador al que se le aplica la
tarifa general del tributo y no existe ninguna justificación superior para que
este beneficio fiscal a personas de altísimos ingresos prevalezca sobre el
interés general.
PROPUESTA
12
Consolidar
como definitivo el aumento del gravamen complementario en el IRPF. Este
aumento de la cuota íntegra estatal que estableció, de forma temporal, el
Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia
presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público,
ha demostrado que es perfectamente asumible y mejora la progresividad del
impuesto.
IMPUESTO
DE SOCIEDADES
PROPUESTA
13
Establecer
un tipo del 35% para las bases imponibles superiores al millón de euros, ya
que las empresas de cierta dimensión que obtienen beneficios por encima de esa
cantidad pueden realizar un esfuerzo suplementario para financiar el gasto
público.
PROPUESTA
14
Limitar
las bonificaciones, deducciones, etc. (gastos fiscales) a un máximo del 3% de
la base imponible y a otro 5% como máximo complementario y de carácter
directamente vinculado y estrictamente proporcional en el caso de creación de
empleo estable, de forma que se evite que las empresas de mayor dimensión
disfruten de un tipo efectivo muy inferior al nominal que en muchas ocasiones
es incluso menor que el tipo efectivo medio de las empresas de menor dimensión.
PROPUESTA
15
Limitar
la compensación de bases imponibles negativas a los períodos impositivos no
prescritos.
REESTRUCTURACIÓN
FISCAL,
CON CREACIÓN DE NUEVAS FIGURAS
PROPUESTA
16
Creación
de un Impuesto especial sobre Bienes Suntuarios. Será aplicable a los
productos y servicios considerados de lujo.
PROPUESTA
17
Creación
de un Impuesto sobre las Transacciones Financieras, con una base impositiva
amplia y que será sustituido, cuando proceda, por un tributo a escala de la
Unión Europea o de aquellos países que han acordado aplicarlo por el
procedimiento de Cooperación Reforzada.
PROPUESTA
18
Creación
de Impuesto sobre la Riqueza que sustituirá al Impuesto sobre el Patrimonio, con mínimos
exentos similares a los vigentes en el actual Impuesto sobre Patrimonio y tipos
efectivos superiores para mejorar la progresividad, e incorporará fórmulas para
evitar la interposición de sociedades con las que las grandes fortunas puedan eludir
la tributación.
PROPUESTA
19
Impuesto
sobre pernoctación en establecimientos turísticos. Grava las
estancias, contadas por número de pernoctaciones, que realice el contribuyente
en los establecimientos turísticos, situados en el término municipal, cualquiera
que sea su domicilio fiscal. La cuota mínima del Impuesto oscilaría ente 0,5
€/noche y 2 €/noche, según nivel y categoría del establecimiento, semejante a
las de nuestros principales concurrentes turísticos. Los Ayuntamientos podrían
aplicar un coeficiente máximo de 2.
PROPUESTA
20
Elevación
del tipo del Impuesto sobre Depósitos en Entidades de Crédito (actualmente
en tipo cero) con un gravamen mínimo del 0,2% y la posibilidad de que las
Comunidades Autónomas puedan establecer recargos sobre el mismo.
PROPUESTA
21
Elevación
hasta el 100% del recargo en la cuota líquida en el Impuesto sobre Bienes
Inmuebles cuando exista desocupación con carácter permanente y definición
y reglamentación sobre bases objetivas de esta situación
PROPUESTA
22
Supresión
de la exención en el IAE. Las tarifas serían de 50 €/año con carácter general y
del 1 por mil hasta 1.000.000 de € de cifra de negocio de cada actividad. Se
mantendrían las tarifas actuales, modificadas con criterios medioambientales a
partir de esa cifra de negocio.
LUCHA
CONTRA EL FRAUDE,
LA
ECONOMÍA SUMERGIDA
Y LA ELUCIÓN FISCAL
PROPUESTA
23
Aplicar
el Plan de acción de la OCDE contra la erosión de la base imponible y
la trasferencia de beneficios de las multinacionales
PROPUESTA
24
Prohibir
en las instituciones financieras españolas nacionalizadas la operativa hacia y
desde paraísos fiscales
PROPUESTA
25
Revocar
la licencia de las Instituciones financieras y entidades emisoras de tarjetas
de crédito y débito que se nieguen a colaborar con la Administración Tributaria
en la información y persecución de prácticas de fraude fiscal.
PROPUESTA
26
Trabajar
para procurar un acuerdo en la OCDE para la obtención automática de información
de carácter mercantil o tributario de las personas y empresas que operan o son
titulares de bienes y derechos en los países o territorios calificados como
paraísos fiscales
PROPUESTA
27
Las
medidas técnicas y legales contra el fraude deben ir acompañadas con medidas
organizativas y de gestión de los recursos humanos en la administración
tributaria. Es evidente la necesidad de incrementar las plantillas del
personal dedicado a la lucha contra el fraude fiscal, pero también lo es
optimizar los recursos ya existentes en un marco de restricciones
presupuestarias.
La
eficacia de cualquier plan de lucha contra el fraude pasa por potenciar la
organización de los recursos humanos para alcanzar al mayor número de
contribuyentes y sectores económicos, definir y clarificar las funciones para
incrementar la capacidad y autonomía de actuación, motivar a los trabajadores
mediante el desarrollo previsible de la carrera administrativa y la promoción
interna, e incentivar el trabajo y las habilidades individuales.
PROPUESTA
28
Es
preciso fijar objetivos anuales de reducción del fraude y de la economía
sumergida existente, cuantificarlos con una metodología científica,
asegurando la independencia de los autores de los análisis y evaluaciones e
informar regularmente al Congreso de los Diputados de la situación..
PROPUESTA
29
Creación
del Cuerpo Superior Técnico de Hacienda. Esto supondrá la habilitación de los
8.500 Técnicos del Ministerio de Hacienda para realizar funciones superiores a
las actualmente encomendadas, incrementando así la eficacia en la prevención y
reducción del fraude.
PROPUESTA
30
Comprobar
que es lícito el origen de los 40.000 millones que han aflorado con la
amnistía fiscal regulada en el Real Decreto-ley 12/2012, para evitar que se
estén blanqueando capitales de procedencia ilícita, salvo los provenientes
exclusivamente de la evasión fiscal.
PROPUESTA
31
Derogar
la Disposición final primera del Real Decreto-Ley 12/2012, de 30 de marzo,
por el que se introducen diversas medidas tributarias y administrativas
dirigidas a la reducción del déficit público, para evitar que se convierta
en una especie de proceso de regularización fiscal permanente y además resulta
manifiestamente contrario a nuestro sistema jurídico privar al Ministerio
Fiscal y a Jueces y Tribunales del conocimiento de hechos que pudieran
constituir delito.
PROPUESTA
32
Modificar
la legislación de las Instituciones de Inversión Colectiva para
evitar los notorios abusos de las sociedades de inversión de capital variable (SICAV), de
patrimonios familiares, que cumpliendo los actuales requisitos crean una
institución de inversión colectiva cuando en realidad son auténticas
instituciones de inversión “privadas”. Extender el límite máximo de
participación (5% del capital) a todas las modalidades de sociedades de
inversión, financieras o no, y no sólo a las SICAV. Así se evita el control de
la sociedad y el partícipe que quiera invertir o adquirir algún bien
reembolsará su participación y tributará por la renta del ahorro diferida, según
la diferencia entre el valor liquidativo y el valor de adquisición.
Las
sociedades no constituidas por los procedimientos de fundación sucesiva y de
suscripción pública de participaciones dispondrán de un plazo de un año,
contado a partir de su inscripción en el correspondiente registro
administrativo, para alcanzar la cifra mínima prevista en el párrafo
anterior."
CONSTRUCCIÓN
DE UNA FISCALIDAD VERDE
PROPUESTA
33
Introducir
criterios medioambientales en impuestos ya existentes. Estos criterios afectan
al hecho imponible, el sujeto pasivo, la base imponible y los tipos aplicables.
Los impuestos afectados serían: Impuesto sobre Hidrocarburos, Impuesto
sobre Sociedades, Impuesto especial sobre determinados Medios de Transporte,
Impuesto sobre el Valor Añadido e Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas. Se trata de impuestos con incidencia importante sobre la recaudación,
que no fueron concebidos teniendo en cuenta la variable ambiental.
Se
aplicará también este criterio, de acuerdo con los correspondientes
certificados de eficiencia energética, a los tipos máximo, mínimo y
supletorio del IBI.
Igualmente,
de acuerdo con la potencia y emisiones de CO2 a los vehículos de tracción
mecánica.
Así
mismo, a la tarifa del IAE, de acuerdo con la repercusión medioambiental de la
actividad.
Igualmente
a los Impuestos sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
y sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
PROPUESTA
34
Crear
nuevos impuestos sobre la energía nuclear, el vertido y la incineración de
residuos, sobre bolsas de plástico de un solo uso, sobre el cambio de usos del
suelo y sobre sustancias de elevado nivel de preocupación.
· El
Impuesto sobre la energía nuclear constituirá un gravamen sobre la
producción de energía termonuclear y sobre la producción, el depósito y el
almacenamiento de residuos radioactivos
· El
impuesto sobre el vertido de residuos afectarán a los residuos peligrosos,
urbanos, inertes y otros residuos no peligrosos cuando tengan por destino la
entrega, el abandono o el almacenamiento bajo determinadas condiciones.
· Impuesto
sobre la incineración de residuos. Constituye el hecho imponible la incineración
(con o sin recuperación de energía) de residuos peligrosos, urbanos y otros
residuos no peligrosos en instalaciones de incineración de residuos, tanto de
titularidad pública como privada, y la coincineración de residuos en
instalaciones de coincineración.
· Impuesto
sobre bolsas de plástico de un solo uso. El hecho imponible es el suministro al
consumidor de bolsas de plástico en el punto de venta de los artículos o
productos que se colocarán en las bolsas, o en cualquier otro punto de venta.
· Impuesto
sobre el cambio de usos del suelo que gravará las actuaciones de nueva
urbanización, incentivará formas de urbanismo más compactas y su recaudación
será afectada al Fondo para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad, creado
por la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la
Biodiversidad.
PROPUESTA
35
Impuesto
sobre sustancias de elevado nivel de preocupación. Gravará el uso de
ciertas de estas sustancias (carcinógenas, mutágenas, bioacumulables, tóxicas
para la reproducción, grasas trans, etc.). El objeto es internalizar los costes
ambientales y sobre la salud que estas sustancias generan, y con ello favorecer
el consumo de sustancias alternativas más ecológicas.
UNA
FISCALIDAD CON CRITERIO FEDERATIVO
Las reformas que proponemos deben
legislarse y aplicarse desde un planteamiento no solo compatible, sino
coherente y funcional con un modelo de Estado federal.
PROPUESTA
36
La
fiscalidad federal deberá proteger la igualdad de los ciudadanos ante
la ley y la igualdad de las empresas en el mercado, así como garantizar la equivalencia
de servicios públicos independientemente del territorio. Se evitará la
competencia fiscal para atraer, con impuestos más bajos, más industria y
comercio
El
poder tributario deberá estar dividido en tres niveles: el Estado federal,
las entidades federadas y los municipios. El papel del Senado será fundamental
en materia tributaria, como Cámara de representación territorial.
PROPUESTA
38
El
principio de suficiencia debe estar bien definido tanto para las actuales
CC.AA. como para los Ayuntamientos. Actualmente no hay mecanismos fiscales
territoriales que permitan evitar el austericidio y la destrucción del Estado
Social
PROPUESTA
39
Reorganizar
la Administración Tributaria, sobre la base de la consorciación de las
diferentes Agencia Tributarias, haciéndola depender del Senado.
FISCALIDAD
MUNICIPAL
PROPUESTA
39
Derogación
de las disposiciones legales sobre la reforma de las Administraciones Locales.
PROPUESTA
40
Revisar
tasas y precios públicos en las administraciones territoriales con un
criterio de progresividad, aportando exenciones para los trabajadores en paro.
PROPUESTA
41
Las
tasas municipales en concepto de recogida de residuos sólidos urbanos,
tratamiento y eliminación de estos serán de establecimiento obligatorio por
parte de los municipios o bien por parte de las entidades locales en quienes
éstos deleguen la prestación de dichos servicios. La definición de dicha tasa
deberá considerar la incidencia ambiental de los residuos generados por el
sujeto pasivo. En todo caso, deberá garantizarse la plena cobertura de costes
de los servicios prestados a los sujetos pasivos de naturaleza comercial o
industrial.
PROPUESTA
42
Incorporación
al texto de la Constitución Española del principio de garantía del gasto social y
situarlo en correspondencia con el principio de suficiencia fiscal. Reconociendo
los derechos constitucionales a la educación, vivienda, salud, dependencia,
pensión, etc. como derechos exigibles.
PROPUESTA
43
Establecimiento
a nivel del Estado de un Sistema de Recursos Públicos Garantizados (Renta
Básica).
PROPUESTA
44
Creación
de una Agencia de Control de la Calidad y Eficacia Social del Gasto Público,
que investigue no solamente los gastos de las AA.PP, sino también el uso de
subvenciones y ayudas. Los Programas de Gasto Público y las
Inversiones requerirán un informe previo de evaluación sobre su eficacia
social.
PROPUESTA
45
Acompañar
todas las propuestas de gasto de un Estudio de Impacto Social
PROPUESTA
46
Modificación
de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas y/o desarrollo
normativo de acuerdo con las competencias autonómicas para introducir criterios
de trasparencia, control, límite del coste, etc.
PROPUESTA
47
Aplicación
inmediata de las recomendaciones del Grupo de Estados contra la Corrupción
(GRECO) del Consejo de Europa.
PROPUESTA
48
Revisión
de todos los contratos y licitaciones con relación al precio medio del
mercado. Negociar con todos los proveedores de bienes y servicios, obras de
mantenimiento, etc. una rebaja equivalente de la repercusión sobre el precio de
los gastos financieros, a cambio del pronto pago.
PROPUESTA
49
Elaborar un Plan
de Ahorro de Insumos (energía, comunicaciones, desplazamientos y viajes,
consumibles, etc.) con la participación de los empleados públicos y sus
organizaciones representativas.
PROPUESTA 50
Reforma
de la Ley de Trasparencia para hacerla equivalente a la legislación de los
países europeos. Inclusión de la Casa Real y del Banco de España.